Con las restricciones actuales sobre reuniones sociales, el Representante Ron P. Salo presentó la Ley de la Cámara No. 7042, o la Ley del Matrimonio Virtual.

Entre las enmiendas, se requieren las siguientes para validar el matrimonio:
- Capacidad legal de las partes contratantes, quienes deben ser un hombre y una mujer
- Consentimiento otorgado libremente en presencia del oficial solemnizante. La presencia puede ser física o virtual. Si es virtual, las partes contratantes deben estar físicamente presentes juntas en el mismo lugar.
Los requisitos para el matrimonio incluyen la autoridad del oficial que realiza la ceremonia, una licencia de matrimonio válida (con ciertas excepciones) y una ceremonia matrimonial que se lleve a cabo con la presencia física o virtual de las partes contratantes ante el oficial que realiza la ceremonia. No se requiere un rito religioso para la solemnización del matrimonio.
Si el matrimonio se realiza virtualmente, el certificado de matrimonio debe ser notariado antes de su registro ante el registrador civil local para garantizar su autenticidad y debida ejecución, y para verificar correctamente la identidad de las partes contratantes.
La Ley de Matrimonio Virtual tiene como objetivo ayudar a quienes desean contraer matrimonio, incluso sin la presencia física del oficial que realiza la ceremonia. Modifica los artículos 2, 3, 6 y 10 del Código de Familia de Filipinas y abarca a los ciudadanos filipinos que residen en el extranjero.
Salo señaló que el Código de Familia entró en vigor hace más de 30 años y que los avances tecnológicos han superado sus disposiciones. También declaró: "El significado jurídico de presencia o comparecencia personal debe ahora interpretarse de manera liberal para incluir la presencia virtual o la presencia a través de videoconferencia".

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